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/Constitución de una sociedad
Los pasos a seguir para la constitución de una sociedad son los siguientes:
- Elegir la forma societaria por la que se quiere optar. Las formas más comunes son la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) y la Sociedad Anónima (S.A.). En ambos casos la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado. Puede obtener más información a través del siguiente enlace: Formas jurídicas https://plataformapyme.es/es-es/creacion/formas-juridicas/Paginas/default.aspx
- Obtener la certificación negativa de la denominación de la sociedad. Solicitar al Registro Mercantil un certificado que acredite que no está registrada la denominación social escogida.
- Abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad y realizar el depósito del capital social. Se deberá realizar la apertura de la cuenta bancaria y depositar el capital social exigido según la forma societaria. Se solicitará al banco un certificado que acredite el depósito realizado
- Redactar los estatutos sociales de la sociedad. Se deberán redactar los estatutos sociales, que recogerán las normas que regirán el funcionamiento y la organización de la sociedad.
- Formalizar la escritura de constitución de la sociedad ante notario. Realizar el otorgamiento de escritura pública ante notario, presentando toda la documentación exigida. Entre esos documentos debe figurar el acta de manifestaciones de titularidad real, que también se otorgará ante notario.
- 6. Obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional de la sociedad. Solicitar ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) el NIF provisional de la sociedad, aportando la documentación correspondiente, en el plazo de 30 días desde la otorgación de la escritura pública.
- Realizar la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Con carácter general, se debe realizar la autoliquidación, pero se estará exento del pago.
- Solicitar la inscripción en el Registro Mercantil de Madrid. Realizar la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil aportando la escritura de constitución de la sociedad y la restante documentación necesaria.
- Obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF) definitivo de la sociedad. Solicitar ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) el NIF definitivo de la sociedad, aportando la escritura inscrita y la restante documentación que corresponda.
- Realizar otros trámites censales a efectos fiscales y laborales. Realizar el alta a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y la declaración censal de alta el Impuesto sobre Actividades Económica (IAE). Se realizará la declaración censal de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores mediante la cumplimentación y presentación del modelo 036.
/ Enlaces a las áreas municipales e instituciones ejecutoras del trámite
/ Costes aproximados
Los costes de constitución de una sociedad dependerán del tipo societario.
Se deben tener en cuenta, además, los siguientes gastos:
- Notaría y Registro
- Pago de impuestos
- En su caso, profesionales contratados para asesoramiento y tramitación
/ Tiempo medio
- El plazo medio para la constitución de una sociedad es de 2 a 8 semanas.
- La constitución de una sociedad de responsabilidad limitada podrá realizarse en un plazo de 24 horas.
/ Profesionales requeridos
La realización de determinados trámites para la constitución de una sociedad deberá realizarse ante notario y ante el Registro Mercantil de Madrid.
Es recomendable disponer de asesoramiento jurídico para realizar todos los trámites de constitución de la sociedad, y en particular la redacción de los estatutos sociales.
Es recomendable disponer de asesoramiento jurídico para realizar todos los trámites de constitución de la sociedad, y en particular la redacción de los estatutos sociales.
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